Vivienda

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vivienda

Nueva Política

El Acuerdo 8574 dictado por el Consejo de Ministros entro en vigor el 26 de mayo de 2019, con un término concedido para cumplirlo de 6 años que culmina en fecha 26 de mayo de 2025.

Documentos a presentar cuando se trate de una vivienda construida por esfuerzo propio, locales, arrendatarios, cuartos, usufructuarios y accesorios.

La persona que ocupe un local el cual convirtió en una vivienda adecuada debe dirigirse a la Dirección Municipal de Vivienda de Caimito y presentar la siguiente documentación.

Las personas que fueron declarados arrendatarios permanentes  deben dirigirse a la Dirección Municipal de Vivienda de Caimito y presentar los siguientes documentos.

Las personas que construyeron una vivienda por esfuerzo propio deben dirigirse a la Dirección Municipal de Planificación Física y solicitar el dictamen técnico de descripción tasación y medidas y linderos el cual debe ser emitido en un término de 50 días y seguidamente personarse en la Dirección Municipal de Vivienda de Caimito y presentar los siguientes documentos.

Las personas que poseen cuartos, usufructuarios y accesorios deben presentar los siguientes documentos.

Actualización de Título de Propiedad.

Documentos a aportar

 Cese de Convivencia.

Documentos a aportar

 Legalizaciones de viviendas construidas por  esfuerzo propio que no están dentro de la nueva política.

Viviendas construidas en zonas urbanas.

Documentos a aportar

 Viviendas construidas en zonas rurales

Documentos a aportar

Autorización de actos traslativos de dominio en Zona Especial (donaciones, compraventas y permutas).

Documentos a aportar

Copias de Documentos

Documentos a aportar

Transferencia de título de  propiedad cuyos titulares abandonaron de forma definitiva el territorio nacional.

- título de propiedad actualizado y de no estarlo aportar además dictamen técnico de descripción, tasación y medidas y lindero expedido por la dirección municipal de Planificación Física y resolución de rectificación o reconocimiento de medidas y linderos en el caso que lo requiera, emitida por la misma dirección municipal.

Cese de Vivienda Vinculada

La persona cuando se trata de una Vivienda Vinculada o Medio Básico debe presentarse en la Dirección Municipal de Vivienda de Caimito y primeramente dirigirse al Departamento de Administración de la Vivienda y presentar el Contrato de Arrendamiento, la Resolución de Cese que le emite la Entidad a la que pertenecía dicha vivienda, Certifico del BPA acreditando si efectuó pago o no y Certificación de Matrimonio en caso que el promovente sea casado. Luego de revisada la documentación la Especialista realiza una visita para comprobar si la vivienda no posee ilegalidades y de ser así procede a emitir el Certifico, el cual presentara junto con los demás documentos, un sello de 10 pesos y un Escrito de Solicitud en el Departamento Jurídico el cual luego de darle entrada y radicación lo remite al Departamento de Control de Fondo el cual realiza una visita para su tasación y luego de oficio se presenta en la Dirección Municipal de Planificación Física de Caimito para que emita dictamen técnico de descripción,  tasación y medidas y linderos, y seguidamente cuando todos los documentos estén correctos se procede a dictar Resolución.